martes, 13 de marzo de 2012

Propiedad Intelectual de Marcas y Logotipos en el Ecuador

Derechos de Autor 

El Derecho de Autor es el sistema jurídico por el cual se concede a los autores derechos morales y patrimoniales sobre sus obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución del Ecuador y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 

Las obras protegidas comprenden, entre otras, las siguientes: novelas, poemas, obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases de datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos, fotografías, obras escultóricas, obras arquitectónico, publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras de arte aplicadas a la industria. 

El derecho de autor dura la vida del creador más 70 años después de su muerte 

El uso de una obra sin la autorización expresa de su autor es considerado ilegal y puede ser castigado con multas e incluso prisión 

El derecho de autor protege la obra por el solo hecho de su creación; sin embargo, es recomendable registrar la obra en la Unidad de Registro del IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor. 

La protección del Sistema de Derecho de Autor se basa en la potestad de autorizar o prohibir el uso de su obra. El plazo de vigencia de la protección se da sin prejuicio de derechos morales que se protegen indefinidamente 

Derechos que pueden ejercer el autor o sus herederos: el autor podrá autorizar o prohibir: 

o La producción o fijación de cualquier medio o por cualquier procedimiento de la obra. 
o La comunicación pública de la obra 
o La distribución de ejemplares de la obra 
o La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra 



¿Como legalizar un logotipo? 


 
¿QUIÉN PUEDE REGISTRAR UNA MARCA? 

Puede registrar una marca cualquier persona natural o jurídica, sea nacional o extranjera. 

¿QUÉ SE PUEDE REGISTRAR? 

Constituye marca cualquier signo que pueda por si sólo distinguir los productos o servicios que expende en el mercado, respecto de otros ya existentes, para lo cual deberá ser susceptible de representación gráfica. 


BENEFICIOS Y DERECHOS QUE CONFIERE EL REGISTRO DE UNA MARCA 

· Derecho al uso exclusivo, solo el titular puede hacer uso del signo. 
· Protección en toda la República Ecuatoriana y derecho de prioridad en los países de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Perú y Bolivia), dentro de los primeros seis meses de presentada la solicitud en nuestro país. 
· Derecho de presentar acciones legales civiles, penales y administrativas en contra de infractores. 
· Desalienta el uso de su marca por los piratas. 
· Protege su prioridad del registro de estas marcas en otras naciones. 
· Permite restringir la importación de bienes que utilizan marcas que infringen derechos. 
· Derecho de otorgar Licencias a terceros y de cobrar regalías. 
· Derecho de franquiciar su producto o servicio. 
· Ceder los derechos sobre su marca a terceros. 
· Posibilidad de garantizar un crédito con su marca. 
· Al registrar su marca la convierte en un activo intangible, el cual en muchas ocasiones llega a convertirse en el activo más valioso de su empresa. 


CONSEJOS PARA REGISTRAR UNA MARCA 

Previa la presentación de una solicitud, es pertinente realizar una búsqueda de antecedentes, es decir, verificar que no exista en el mercado signos parecidos o similares que impidan su registro. 

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO 

Presentada la solicitud, pasa a un examen de forma, revisando que cumpla con todos los requisitos, de ser así se publica en la Gaceta de Propiedad Industrial, con la finalidad de que terceros tengan conocimiento de las peticiones efectuadas. Si no existe oposición, se efectúa el examen de registrabilidad para la posterior emisión de la resolución que acepta o rechaza el registro y en caso de concesión, el trámite concluye con la emisión del título de registro. 

TASAS POR REGISTRO DE MARCA 

Trámite por solicitud de marca, nombre comercial, lema comercial, apariencia distintiva asciende a la suma de USD$ 116 
Trámite de solicitud de marcas colectivas, marcas de certificación, asciende a la suma de USD$ 252 
Trámite de solicitud de denominaciones de origen asciende a la suma de USD$ 228 
Trámite de registro de marca tridimensional, asciende a la suma de USD$ 336. 

¿QUÉ TIPO DE ACCIONES EXISTEN PARA DEFENDER MI MARCA? 

En caso de uso indebido de una marca, el titular puede iniciar acciones civiles, penales y administrativas. 

PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR UNA PATENTE EN ECUADOR: 

El procedimiento para el registro de una patente en Ecuador tiene los siguientes pasos: 

1. Presentación DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTE ANTE EL INSTITUTO ECUATORIANO DE PROPIEDAD INTELECTUAL (I.E.P.I) Y PAGO DE LA TASA DE MANTENIMIENTO DE LA PRIMERA ANUALIDAD : Mediante este paso se inicia el proceso del registro, la documentación que se debe presentar consiste en el petitorio donde debe aparecer reflejado el titulo de la invención, la identificación del solicitante y el inventor y la identificación del representante o apoderado. Se debe presentar una descripción, el resumen, las reivindicaciones, los planos dibujos, copia de la solicitud de la patente si esta fue presentada en el exterior, y el comprobante de pago de la tasa de Presentación así como de la primera anualidad. 

2. SOLICITUD DE EXAMEN DE LA PATENTE EN ECUADOR: Mediante este paso se insta al Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual(I.E.P.I) a que realice el examen de los requisitos positivos de patentabilidad: novedad mundial, actividad inventiva y aplicabilidad industrial, todo lo cual debe ir acompañado del correspondiente comprobante de pago. 

3. EMISIÓN Y OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE PATENTE EN ECUADOR: Una vez efectuado el examen y si este es positivo el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (I.E.P.I) emite el respectivo titulo de propiedad sobre la invención, el cual tiene una duración de 20 años contado a partir de la fecha de solicitud. 

4. PAGOS DE LA TASAS DE MANTENIMIENTOS EN ECUADOR: Durante los 20 años de vigencia de la patente el titular deberá efectuar pagos periódicos para el mantenimiento de la vigencia de sus derechos, en caso contrario se declara la caducidad de la patente y se pierden los derechos sobre la misma. 

DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN : 

Para el registro de una patente PCT en el Ecuador se necesitan los siguientes documentos: 

1. Copia de la solicitud internacional (que contenga: descripción, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripción de los dibujos) 
2. Copia de la publicación internacional 
3. Copia del reporte de búsqueda 
4. Copia del Reporte de Examen Preliminar 
5. Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado del Ecuador en su país o mediante el Convenio de La Haya. 

Los documentos deberán estar debidamente traducidos al español y los textos deben ser enviados vía e-mail en formato Word y los dibujos en formato JPG. El limite para presentar la solicitudes tanto en el Capítulo I como en el Capítulo II del PCT es de 31 meses. 

En cambio si se trata de una solicitud vía nacional se requiere: 

1. descripción, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripción de los dibujos. 
2.Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado del Ecuador en su país o mediante el Convenio de La Haya. 
3. Copia de la solicitud presentada en el país de origen de la patente.

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